Si has decidido contratar servicios de seguridad con una empresa de protección debe ser porque quieres proteger tu inmueble ante una intrusión no deseada.
En el caso de pasar largos periodos fuera de casa por trabajo o viajes, tener una segunda residencia o tener tu negocio o local comercial cerrado un tiempo, el servicio de custodia de llaves es el adecuado para ti.
¿Qué es la custodia de llaves?
El servicio de guarda y custodia de llaves es complementario al servicio ACUDA de Grupo Control. Este tipo de servicio sólo puede ser ofrecido por una empresa de seguridad y contratado por el cliente que disponga de un sistema de alarma.
La razón es clave. El cliente debe tener un sistema de alarma con videovigilancia para que la empresa de protección pueda comprobar en todo momento y en caso de intrusión el estado en el que se encuentra el inmueble.
El funcionamiento de este servicio es sencillo. El cliente contrata el servicio de seguridad y ofrece un juego de llaves a la empresa que las guardará según la normativa de Seguridad Privada establecida.
En caso de salto de alarma del inmueble, la empresa de seguridad puede actuar de dos formas:
- Si la Central Receptora de Alarmas confirma la intrusión, el vigilante de seguridad se personificará en el inmueble y le cederá el juego de llaves a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que procedan según el protocolo establecido.
- Si el salto de alarma en la Central Receptora de Alarmas es confuso, un vigilante de seguridad se acercará al lugar de la propiedad (servicio ACUDA) y comprobará lo que sucede tanto el interior como exterior de la casa o negocio.
El personal dedicado a ello está totalmente autorizado y preparado para hacer este tipo de servicio.
La empresa de Seguridad Privada tiene en todo momento tus llaves guardadas bajo altos niveles de seguridad y sólo se podrá acceder a ellas en caso de necesidad.
Normativa de la custodia de llaves
Toda empresa de seguridad trabaja bajo el Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre. En él se encomienda al Ministerio del Interior la concreción de determinados aspectos relacionados con las medidas de seguridad.
Es en el artículo 49 en el que el Reglamento fija los criterios a los que se deben de adaptar los sistemas de seguridad en relación a la custodia de llaves.
El juego de llaves debe de estar en todo momento custodiado por la empresa, en una caja de seguridad con un nivel de grado 4.
El nivel de grado 4 se exige en las infraestructuras de alto riesgo, joyerías, entidades financieras, instalaciones militares y empresas con depósito de explosivos, metales preciosos o materiales peligrosos.
Además, la caja fuerte estará protegida con códigos de seguridad que únicamente conoce la empresa, cambian cada seis meses (según la empresa de seguridad) y sólo serán facilitados en el momento que se requiera.
En Grupo Control ofrecemos servicio de custodia de llaves complementario a los sistemas de alarma y al servicio ACUDA para garantizar la sinergia entre todas las medidas de seguridad y la máxima protección para el cliente.